Abierto el plazo de alegaciones a la ordenanza reguladora de la zona de bajas emisiones hasta el 24 de marzo

Abierto el plazo de alegaciones a la ordenanza reguladora de la zona de bajas emisiones hasta el 24 de marzo

El Pleno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte aprobó inicialmente, en su última sesión, la Ordenanza Reguladora sobre la Creación y Gestión de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio.


Tal como prevé la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, hasta el próximo 24 de marzo, el expediente está sometido a información pública, con el fin de que los vecinos puedan presentar reclamaciones o sugerencias. El documento puede examinarse en las dependencias de la Secretaría Municipal (Juan Carlos I, 42) y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento. Las alegaciones que se quieran realizar deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica, con una instancia general, disponible aquí.

La ZBE de Boadilla del Monte se circunscribe al casco histórico y tendrá una implantación en dos fases: una inicial, hasta el 1 de enero de 2030, y otra de desarrollo, a partir de esa fecha.

En la primera fase, no podrán acceder a la ZBE los vehículos que no tengan distintivo ambiental o tengan distintivo A de la Dirección General de Tráfico, a excepción de vehículos de los vecinos de Boadilla, vivan o no en el ámbito de la ZBE. También estarán excluidos los vehículos de quienes, aun no siendo vecinos, tengan una plaza de aparcamiento dentro de la zona o estén dados de alta en el impuesto de circulación. Hay otra lista de vehículos que tienen una excepción como los de empresas o autónomos que ejerzan su actividad empresarial o laboral en la zona, proveedores que deban entregar su mercancía en establecimientos o domicilios de la zona, aquellos que accedan a talleres mecánicos, establecimientos hoteleros o al aparcamiento público, vehículos históricos, taxis y VTC… También los vehículos de transporte de caudales y comunicaciones postales, servicios públicos esenciales o vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.

En la segunda fase, la prohibición se ampliará a los vehículos con distintivo B, manteniendo las mismas excepciones, si bien se requerirá autorización previa e inscripción en el Registro municipal de vehículos autorizados. Tras la aprobación definitiva de la Ordenanza, habrá seis meses de plazo hasta que se activen las sanciones. El pasado año ya se instalaron las cámaras y el software necesario para poder realizar los pertinentes controles de vehículos.

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